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IMSS puede subrogar atención en el extranjero: SCJN



El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) no tiene impedimento legal para subrogar gastos cuando un derechohabiente sea atendido en el extranjero, como consecuencia de negligencia médica en el propio Instituto.
Estableció lo anterior, la segunda sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) al conceder un amparo a los padres de un menor (Camenik, de 14 años de edad), quien por mala atención en el IMSS contrajo una enfermedad renal crónica, cuyo tratamiento sólo es posible en un hospital de los Estados Unidos. La Corte ordenó al Instituto pagar el tratamiento médico vitalicio del menor, mediante la figura de la “subrogación de servicios médicos en el extranjero”.
La atención médica que recibe actualmente el menor de edad, por parte del IMSS, es consecuencia de una recomendación de la CNDH que estableció que ésta recibió tratamiento inadecuado en diversos hospitales del Instituto, lo que provocó la aceleración de la pérdida irreversible de su función renal, por lo que, como medida reparatoria a la violación a su derecho a la salud.
Ante la falta de respuesta del director general del IMSS, a la solicitud de subrogación de gastos en el extranjero, los padres interpusieron un amparo, en el que el funcionario negó la subrogación de servicios médicos en el extranjero, con el argumento de que está imposibilitado legalmente a ello.
Sin embargo, la segunda sala estableció que el artículo 251, fracción XXI, de la Ley del Seguro Social, faculta a dicho Instituto para realizar convenios de subrogación con entidades o instituciones extranjeras, a fin de garantizar sus deberes, proporcionar servicios de calidad y expandir la cobertura conforme a las necesidades de la población derechohabiente o beneficiaria.
Con base en lo anterior, la segunda sala amparó a los quejosos, para el efecto de que el Consejo Técnico del IMSS analice la petición de subrogación médica en el extranjero, bajo las siguientes condiciones.

C.I/La jornada

- Por: Juego_político - Artículo: IMSS puede subrogar atención en el extranjero: SCJN
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